lunes, 26 de noviembre de 2012

LA EVOLUCION DE LA SOCIEDAD INFORMATICA Y DERECHO


El hombre, hoy en día, se encuentre sumido en una de las más profundas e importantes revoluciones, la llamada Resolución Tecnológica, así como los cambios que dicha revolución trae, haciendo surgir, entre otros, el concepto de lo que hoy en día se conoce como Sociedad de la Información, esta revolución tecnológica está configurando nuevamente la sociedad de manera particular y totalmente diferenciada de lo conocido hasta hoy; muchos estudiosos de este fenómeno no dudan en afirmar que no sólo no estamos próximos al fin de ciencia y la tecnología sino que parece que nos encontramos en la cúspide de uno de los períodos históricos más trascendentales en lo que a avances tecnológicos se refiere.
·         Para comprender mejor la Sociedad de la Información en la que vivimos hoy, la misma que se está configurando velozmente, gracias a las irrupción de las nuevas tecnologías, diremos con Campuzano Tomé que podemos definir la sociedad de la información como un nuevo modelo de organización industrial, cultural y social, caracterizado por el acercamiento de las personas a la información a través de las nuevas TIC (Tecnología de la información y la comunicación).
·         Alejandra Castro Bonilla nos dice que la Sociedad de la Información es una entidad autónoma reconocida en el ámbito internacional como "una organización virtual generada por las innovaciones de la Informática y la comunicación en la convergencia de ambas tecnologías. Sostiene que se trata de un nuevo orden social derivado de la revolución tecnológica de finales del siglo XX y principios del siglo XXI".
·         Por su parte, Lucas Marín, en su obra La nueva sociedad de la información. Una perspectiva desde Silicón Valley, citado por Castro Bonilla, caracteriza a la Sociedad de la Información como una sociedad donde:
·         Se modifica la distribución de la fuerza de trabajo, con un crecimiento de profesionales dedicados al uso de la información y una disminución de trabajadores en la agricultura.
·         Disminuye la jornada laboral por la flexibilidad de horario y ubicación que ofrecen las nuevas TIC.
·         Se abandona la producción tradicional de bienes y servicios para manipular símbolos que crean y procesan información.
·         El Poder se liga a la información y al conocimiento ( no a la tierra ni a la industria), para generar innovación y producción eficiente.
·         Adquieren importancia las innovaciones tecnológicas en todos los ámbitos.
El Derecho Informático tiene una estrecha relación con el Derecho Constitucional, por cuanto la forma y maneja miento de la estructura y órganos fundamentales del Estado, es materia constitucional. De allí, que actualmente se debe resaltar que dicho maneja miento y forma de controlar la estructura y organización de los órganos del Estado, se lleva a cabo por medio de la Informática, colocando al Derecho Informático en el tapete, porque con el debido uso que se le den a estos instrumentos informáticos, se llevará una idónea, eficaz y eficiente organización y control de estos entes. De lo que se puede desprender una serie de relaciones conexas con otras materias como sería el caso del Derecho Tributario y el Derecho Procesal.
En los últimos años la informática ha avanzado de manera rápida, en mi opinión la ciencia cada vez mejora. Los computadores de antes eran grandes y mas difíciles de manejar, ahora todo es mas fácil, son sencillos sus pantallas son planas, no ocupan mucho espacio y todo es mas manejable con ellos, a la hora de buscar un programa, de buscar algo y hasta de aprender a utilizarlo.
A la sociedad le ha sido muy útil este invento ya que gracias a la informática hay más oportunidad de trabajo, de investigación y de aprendizaje, tanto para niños como para adultos.
El Derecho sigue demostrando poseer una increíble capacidad de adaptación y de posibilidades de afrontar los nuevos retos que se le plantean. Aunque en algunas ocasiones se quede rezagado, podríamos decir que se trata de un anciano cargado de vitalidad. Como tal, por supuesto que no podía dejar pasar la ocasión de disfrutar del apasionante mundo que le ofrecen las nuevas TIC.
Por los cambios que están ocurriendo en la Sociedad de la Información debido a la aplicación de las nuevas tecnologías o TIC, es necesario contar con un conjunto de normas jurídicas especializadas en este campo, con el fin de prevenir o resolver conflictos.
A este conjunto de normas jurídicas especializadas se ha denominado Legislación Informática, la misma que puede ser definida, con mayor precisión, como un conjunto de reglas jurídicas de carácter preventivo y correctivo derivadas del uso (fundamentalmente inadecuado) de la Informática.
Según Téllez, por la problemática que hoy se presenta en este campo, los aspectos que deben ser considerados por el legislador, a la hora de elaborar la norma jurídica, son los siguientes:
·         Regulación de los bienes informacionales: Porque la información, como producto informático, requiere de un tratamiento jurídico en función de su innegable carácter económico Protección de datos personales: Por el atentado a los Derechos Fundamentales de las personas provocado por el manejo inapropiado de las informaciones nominativas
·         Regulación jurídica de Internet: Para favorecer o restringir la circulación de datos a través de las fronteras nacionales
·         Propiedad Intelectual e Informática: Debe abarcar los temas de protección de los programas de cómputo y regulación de nombres de dominio
·         Delitos Informáticos: Para sancionar la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tengan a las computadoras como instrumentos para realizarlos
·         Contratos Informáticos: Debido a esta categoría contractual sui generis con evidentes repercusiones económicas
·         Comercio Electrónico: Pues es una nueva forma de comercialización automatizada de bienes y servicios de todo tipo
·         Los aspectos laborales de la informática: Como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades. (Ej: teletrabajo)
·         Sobre el valor probatorio de los soportes modernos de información debido a la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales.
Por otra parte, Téllez propone que, para la elaboración de este conjunto de normas jurídicas especializadas, el legislador debe considerar las siguientes situaciones:
·         Se debe determinar si las reglas existentes pueden ser aplicadas al problema por analogía o si es necesaria ampliar su cobertura.
·         Se debe esperar la evolución de la jurisprudencia, dada la creciente presentación de casos ante los órganos jurisdiccionales, en los que sí fijen pautas resolutorias o conciliatorias.
·         Se debe crear un cuerpo de nuevas reglas integrándolas a ordenamientos ya existentes o, en su caso, dando lugar a una nueva ley de carácter específico.
Sobre este mismo tema, Castro Bonilla nos dice que es necesario que los juristas entiendan el origen, funcionamiento y dinámica de la Sociedad de la Información y de Internet, con el fin de que adapten las leyes objetivamente al desarrollo tecnológico que enfrentamos, sin que se menoscabe ese progreso a través de decisiones jurídicas que resultan inaplicables al ámbito digital o bien que suponen un obstáculo para la dinámica propia de la sociedad virtual.
En lo que concierne a este trabajo de investigación, nos interesa, fundamentalmente, la problemática de la protección de los datos personales ante el mal uso de la Informática. La mención de los argumentos más importantes que sirven de sustento para fundamentar la necesidad de proteger los datos personales ante la posibilidad real de usar los recursos informáticos contra uno de los derechos fundamentales del ser humano: El Derecho a la Privacidad y a la Intimidad.
La protección más precisa de estos Derechos Fundamentales se constituye, hoy, en uno de los retos más importantes para el Derecho. El Derecho Informático va adquiriendo mayor importancia y trascendencia en los tiempos modernos, en vista que permite obtener las soluciones legales adecuadas a los problemas generados por el uso de la informática en sociedad. Va incorporando a los sistemas jurídicos nacionales una serie de instituciones técnicas que permiten asegurar las operaciones en línea. Además, la criptografía se ha convertido en una herramienta fundamental para asegurar las operaciones y las manifestaciones de voluntad realizadas por medios electrónicos, así como para la previsión de posibles ataques realizados mediante el uso de técnicas cripto analíticas por terceras personas ajenas a la relación entre las partes.
·        http://www.delitosinformaticos.com/proteccióndatos/aspectos1.shtml (mayo 2009)
·        GIRALDO, Jaime. Informática Jurídica Documental. Temis. Colombia. 1.990. Pág. 192.
·         MAZEAUD, Jean. Lecciones de Derecho Civil. Parte Primera. Volumen I. Ediciones Jurídicas Europa-América. Buenos Aires. 1.959.
http://www.slideshare.net/anibalpardini/introduccion-a-la-sociedad-de-la-informacion-y-el-conocimiento-1

LINEA DE TIEMPO DE LA HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS



EDAD ANTIGUA (3.000 Antes de Cristo)
  • En el año 3.000 antes de Cristo no existían los derechos humanos. Si estabas con la gente adecuada estabas a salvo sino no lo estabas.
  • Ciro el grande decidió cambiar esto, tras conquistar babilonia en el año 539 antes de Cristo. Hizo algo completamente revolucionario, anuncio que todos los esclavos podrían irse en libertad, también dijo que la gente era libre de elegir su religión sin importar de que grupo fueran parte, documentaron sus palabras en una tablilla de arcilla conocida como el cilindro de Ciro y así nacieron los Derechos Humanos.
  • La idea se extendió rápidamente hasta Grecia en el año 479 antes de Cristo, la India en el año 272 antes de Cristo y al final hasta Roma en el año 27 antes de Cristo, en el Imperio Romano, se dieron cuenta de que la gente sigue de forma natural ciertas leyes, incluso aunque no le dijeran que las siguieran, llamaron a este Derecho Natural.


EDAD MEDIA (476 Después de Cristo)
  • Pero siguió siendo pisoteado por quienes se encontraban en el poder, no fue hasta 1.000 años mas tarde en Inglaterra en el año 1.215 después de Cristo, en la Carta Magna, donde finalmente hicieron que el Rey estuviera de acuerdo en que nadie podía invalidar los derechos de la gente ni siquiera un Rey.


EDAD MODERNA (1.453 Después de Cristo)
  • Los derechos de la gente fueron finalmente reconocidos en el año 1.628 después de Cristo, en la petición de derechos y estaban ahora a salvo de los que estaban en el poder en el año 1.689 después de Cristo, en la Declaración de Derechos Británico, hasta cierto punto.
  • Toda vía hizo falta que un grupo de rebeldes británicos declararan su independencia en el año 1.761 tiempo en el que Portugal abolía la esclavitud, antes de que el Rey entendiera que todos los hombres han sido criados iguales en el año 1.776 fecha en la que América declara la independencia.  Es decir no es que a él le gustara la idea, sino es que no pudo pararla en el año 1.776 fecha de la guerra de independencia y así nació América.
  • Los franceses siguieron inmediatamente con su propia revolución por sus propios derechos en 1.789 fecha de la Revolución francesa, su lista era más larga, insistían en que esos derechos no eran solo inventados eran naturales, el concepto romano de Derecho Natural se había convertido en Derechos Naturales.


EDAD CONTEMPORÁNEA (1.789 Después de Cristo)
  • Por desgracia no todo el mundo estaba tan entusiasmado en 1.791 fecha de la Declaración de Derechos de Estados Unidos.
  • En Francia un general llamado Napoleón decidió derrocar la nueva democracia francesa en el año 1.800 fecha en la que Napoleón invade Europa y se corono emperador del mundo y casi tuvo éxito, pero los países de Europa unieron fuerzas y lo derrotaron en 1.814 fecha de la sexta coalición y los derechos humanos fueron una vez más un echo candente y se redactaron  acuerdos internacionales pero solo a través de Europa.
  • El resto del mundo de alguna forma toda vía no cualificaba, en vez de eso fueron invadidos conquistados y consumidos por los enormes imperios europeos pero entonces un joven abogado de la india decidió que ya había sido bastante se llamaba mahatma Gandhi en 1.915 fecha en la que conduce protestas en la india.
  • Y frente a la violencia en el año 1.919 fecha de la masacre Jallianwala bagh. Insistió que toda la gente en la tierra tenía derechos, no solo en Europa. En 1930 Gandhi conduce la estación de la sal. Al final hasta los europeos empezaron a estar de acuerdo, en 1931 fecha del pacto Gandhi-Irwin.
  • Pero no iba hacer tan fácil, habían estallado dos guerras mundiales, Higler extermino a la mitad de la población judía de la tierra y los horrorosos campos de muerte nascí en total 90.000.000 de personas habían muerto, nunca los derechos humanos habían estado cerca de la extinción y nunca había estado el mundo tan desesperado por un cambio, de forma que los países de la tierra hicieron causa común y en 1.945 formaron las naciones unidas, su propósito básico era reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales en la dignidad y el valor de la persona humana.
  • ¿Pero que eran los derechos humanos? ¿Eran las proclamaciones de Ciro? ¿El derecho natural de roma? ¿Las declaraciones de Francia?
  • Todo el mundo parecía tener una idea ligeramente distinta de lo que deberían ser los derechos humanos, pero bajo la supervisión de Eleanor Roosevelt en el año 1.946 origen de la comisión de la ONU.  Finalmente se pusieron de acuerdo en una serie de derechos para absolutamente todo el mundo, la Declaración Universal de Derechos Humanos en el año 1.948, el concepto francés de los Derechos Naturales se habían convertido finalmente en los derechos humanos.

Siglo XXI

CARLOS ALBERTO GÓMEZ MACHUCA.    Grupo 01

MI ORDENADOR VULNERA LOS DERECHOS HUMANOS


¿MI ORDENADOR VULNERA LOS DERECHOS HUMANOS?
El coste social y ambiental de la alta tecnología
Los derechos humanos han hecho un largo camino, avanzando poco a poco a lo largo de los años. Estos avances no han sido iguales en todos los países del mundo, y hay grandes diferencias entre estados. Así pues, aunque en un país se puedan respetar estos derechos, la globalización1 ha creado situaciones en las que la aplicación efectiva de los derechos humanos más allá de las propias fronteras escapa al control de los estados y sus sociedades civiles.
Los productos de alta tecnología (en adelante AT) son un claro ejemplo de globalización, y también de los problemas que puede comportar. Dentro del ciclo de vida de estos productos, nos podemos encontrar que la materia prima se extrae en países como la República Democrática del Congo, se manufactura en países como México y Filipinas, los principales consumidores son los países de la OCDE, y una parte muy considerable acaba como desechos en países como Ghana, China y la India. En cada una de las etapas del ciclo de vida nos podemos encontrar violaciones de los derechos humanos: atentados contra la dignidad, la igualdad, el conocimiento, la convivencia, la libertad o la vida acompañan el ciclo de vida de los productos de AT como una sombra oculta a los ojos de los usuarios de estos productos.

¿Qué se hace con el e-waste?
Afortunadamente, en nuestro entorno es cada vez más habitual que las personas dejen de tirar los productos electrónicos a la basura. No hace tanto, era habitual encontrar en el contenedor televisores, teléfonos móviles o computadores.
Estos productos, en caso de acabar en un vertedero pueden filtrar elementos como plomo, mercurio, arsénico, cadmio o berilio en el suelo, contaminando el medio ambiente y atentando contra derechos básicos del ser humano3.
Conscientes del problema del e-waste, los gobiernos han tenido iniciativas para tratar los residuos, que van desde la recogida selectiva voluntaria hasta la prohibición de tirar ciertos productos a la basura “normal” considerándolos de alto riesgo.
Aquí es donde surge uno de los principales problemas del e-waste: muchos países ricos se limitan a exportar sus residuos a países pobres. El problema es suficientemente grave para que en 1989 se firmara el Convenio de Basilea7, para regular el movimiento transnacional de residuos peligrosos, y que en 1994 se adoptara la prohibición de la exportación de todo tipo de residuos peligrosos de países de la OCDE a países de fuera de la OCDE por cualquier razón, incluyendo para reciclaje. De los 30 países de la OCDE, sólo los Estados Unidos no han ratificado el Convenio, aunque países como Canadá, Australia, Corea del Sur y Japón, a pesar de ser miembros del Convenio no están de acuerdo con esta prohibición y a menudo han apoyado a los Estados Unidos en sus protestas por la prohibición.

¿Por qué hay tanto e-waste ?

Una parte es por culpa de la obsolescencia programada. Hemos hablado antes de la ley de Moore, que indica que la complejidad de los productos de AT se duplica cada dos años, aproximadamente. El problema es que esta ley ha dejado de ser una observación para convertirse en un objetivo para muchos fabricantes.
Para mantener esta carrera de ofrecer más memoria, discos más grandes, móviles con más posibilidades, los fabricantes invierten cada vez más dinero en I + D, y el proceso de fabricación es cada vez más caro. ¿Cómo se pueden mantener tanto los precios, si cada vez es más caro ofrecer algo nuevo? La respuesta es la venta masiva de productos y el abaratamiento de los costes de producción. Una vez desarrollado producto y creada la línea de producción, cuantos más productos se vendan y más baratos sea hacerlos, más beneficios se sacarán. Por tanto, es necesario que los usuarios compren los nuevos productos.

¿Tan malas son las nuevas tecnologías?

No, en absoluto. Las nuevas tecnologías son un motor de desarrollo, y el desarrollo de una sociedad es uno de los motivos que hace esta sociedad más sensible a los derechos humanos. Para hacernos una idea del impacto de los productos de AT, diremos que el sector de las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) suponen el 5.8% del PIB mundial y se espera que crezca hasta el 8.7% el 202012. El uso de computadores, Internet o los teléfonos móviles son un factor importante para el desarrollo: por ejemplo, en Kerala (India) la introducción de móviles ha contribuido al incremento del 8% en el beneficio de los pescadores, y una bajada del 4% en el precio de los consumidores.

¿Qué podemos hacer?

Ante todo, ser conscientes de los impactos ambientales y sociales que conlleva un consumo desmedido, descontrolado e irresponsable de la alta tecnología por parte de todos. Los ciudadanos tenemos derecho a la información. Con la Ley 27/200616 se incorporó a la legislación española el Convenio de Aarhus17, que obliga a los Estados firmantes a garantizar la participación pública en la toma de decisiones que afecten al medio ambiente, al tiempo que asegura a los ciudadanos los derechos de acceso a la información medioambiental y a la justicia en materia de medio ambiente. Esta ley es un paso considerable para la protección democrática del medio ambiente, pero sólo es de aplicación en países de Europa donde el impacto ambiental y social del consumo del material informático es menor, además de que no responsabiliza directamente a los fabricantes de informar sobre la peligrosidad o inocuidad de sus productos.
Por último, pero muy importante, podemos alargar la vida de los productos de AT. Pensemos si realmente necesitamos cambiar tan a menudo de móvil, de agenda, de ordenador. Intentar reparar los productos antes de comprar otros nuevos, y una vez decidimos que queremos cambiar, antes de enviarlos a reciclar, pensar si  se puede alargar su vida dándolos a organizaciones que alargan su vida útil Como conclusión, queremos insistir en que los productos de alta tecnología pueden ofrecer muchas ventajas, y ser la solución a muchos problemas, pero su ciclo de vida no es, por ahora, sostenible. Para serlo deberíamos ser conscientes de las implicaciones sociales y medioambientales que tiene tanto hacerlos como deshacerse de ellos. Está en nuestras manos exigir a los gobernantes, los fabricantes y a nosotros mismos un uso racional y adecuado de la alta tecnología, para evitar que productos aparentemente inocentes puedan atentar contra los derechos más básicos de los seres humanos.


CARLOS ALBERTO GÓMEZ MACHUCA.

DERECHOS HUMANOS EMERGENTES


¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS EMERGENTES?
Los derechos humanos emergentes son aquellos que corresponden a la persona, respuestas a los individuos independiente de su rol social; los derechos colectivos,  tradicionalmente serian aquellos que corresponden la configuración de las normas de las  comunidades, los pueblos o internacionales.
Su participación ayudará a los determinados grupos.
Efectividad de sus derechos Sociales.
Los derechos emergentes son de todos los ciudadanos. Surgen como respuesta al proceso de globalización, que "excluye de sus beneficios a amplias capas de la población mundial, en particular en los países subdesarrollados, pero también en los desarrollados", apunta el texto.
Los derechos humanos emergentes son reivindicaciones legítimas de la sociedad civil dirigidas a la formulación de nuevos o renovados derechos humanos.
Hace sesenta años que se redactó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Desde entonces, tanto las sociedades nacionales como la sociedad internacional, han sufrido profundas transformaciones a medida que se intensificaba la globalización, apareciendo como resultado nuevas y apremiantes necesidades humanas. Los derechos humanos emergentes pretenden traducir estas nuevas necesidades en nuevos derechos.
Pero no todos los derechos humanos emergentes son estrictamente nuevos. La globalización plantea nuevos retos y recuerda los aún pendientes en materia de derechos humanos. Por ello, los derechos humanos emergentes son, por una parte, aquellos derechos que surgen ante la rápida y constante evolución de las sociedades globalizadas y, por otra parte, un conjunto de derechos que emergen tras haber permanecido “sumergidos” en el olvido o en la indiferencia de los estados y del conjunto del sistema internacional.
Entre los derechos humanos emergentes nos encontramos desde formulaciones estrictamente novedosas, como el derecho a una renta básica, hasta nuevas interpretaciones de derechos clásicos, como por ejemplo el derecho a acceder a los medicamentos, una prolongación del clásico derecho a la salud.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS HUMANOS EMERGENTES
Los derechos humanos emergentes pueden adoptar formas muy dispares, desde derechos que ya tienen algún tipo de reconocimiento jurídico a aquellos que consisten en formulaciones novedosas e incluso la extensión de derechos a determinados colectivos que tradicionalmente no han podido disfrutar de ello.
Desde ese punto de vista se debe tener en cuenta una triple dimensión de los derechos humanos emergentes.
CONCEPTO DE LOS DERECHOS HUMANOS EMERGENTES
Tiene una triple dimensión:
DERECHOS NUEVOS: sin ningún precedente o con escasos vínculos con los derechos reconocidos jurídicamente.
-       Derecho a la renta básica
-       Derecho a una muerte digna
-       Derechos relacionados con la orientación sexual
DERECHOS YA CONTEMPLADOS: pero sumergidos y ha sido necesaria la transformación y evolución de la sociedad internacional para que se reconozcan y sea necesario desarrollarlos y potenciarlos.

NUEVAS INTERPRETACIONES:
-       Derecho a la salud, a la asistencia sanitaria y a los medicamentos
-       Derecho a la educación, al saber y al conocimiento, a la formación continuada inclusiva y a la erradicación del analfabetismo.

AMPLIACION DE CONTENIDOS:

-       Derecho a la seguridad vital.
-       Derecho  a la interculturalidad.
-       Derecho a la tutela de todas las manifestaciones de comunidad familiar.

DERECHOS EXTENDIDOS: a colectivo que tradicionalmente no han disfrutados de ellos.

-       Derecho al colectivo de matrimonio homosexual.
-       Derecho al boto del inmigrante.

CARLOS ALBERTO GOMEZ MACHUCA.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES


1. Describa las situaciones en las cuales se generaron riesgos sobre la información manejada y la forma en que estos riesgos pudieron convertirse en oportunidades de acceder a la información y de que delitos fueron victimas.

Cuando tiraron las computadoras a la basura.
En este caso al no destruir los datos cualquier persona puede recoger los datos y hacer uso de ellos para afectar al dueño de esos datos y el este delito es ACAVENGING.

En el momento que habla con Fiona Cums, cuando habla del Sr. York Lamber un cliente de Peter Herlis. Donde Fiona dice que acaba de hablar con la señora Lauren Fisher. Y el señor Peter da los datos bancarios del señor Lamber y además su cuenta, también dice que le envié por fax la ultima auditoria de cuenta del señor Lamber.
En este caso se hace con una finalidad diversa como operaciones de inteligencia y espionaje o para robar a la persona y el delito que se comete es PYPPYBACKING AND IMPERSONATION.
Lin Marcus le da los datos bancarios y el número de cuenta y todo lo relacionado a eso a Libia Casel.
En este caso se engaña a la recepcionista para sacar información de alguna persona sin que la recepcionista se dé cuenta de que en realidad no esta hablando con la persona que cree y este delito es PYPPYBACKING AND IMPERSONATION.

2. ¿Por qué resulta tan importante proteger la información personal?

Porque pueden coger nuestra información personal para muchas clases de delitos, también puede tener una finalidad como espionaje o montarle una operación de inteligencia donde desbanque hasta una empresa o persona para robarle todo y dejarle en la quiebra, también para hacerse pasar por la otra persona sin que se dé cuenta y después le llegan un poco de problemas de diferentes empresas hasta demandándolo sin saber porque. Por eso debemos proteger bien nuestra información personal y la de los demás.

3. ¿Cuales son los principios que deben guardar las normas o leyes de protección de datos personales?

La información personal debe ser utilizada de acuerdo a la ley, cuando se pide información sobre alguien debe pedirse de forma explicita, hay que decirles para que quieres la información, hay que decirles que vas hacer con ella y si alguien mas puede tener acceso a ella, la gente suele quejarse cuando descubre que la información que existe sobre ella se ha usado para algo se ha usado para algo que no se la comunicado antes puesto que esto no es justo ni transparente, la información debe tratarse para un uso especifico, la información recogida y recopilada debe ser adecuada relevante y no excesiva, la información debe ser exacta y actualizada, la información no debe guardarse mas tiempo del necesario y que cuando ya no se necesite debe destruirse con rapidez y eficacia, la información debe utilizarse conforme a los derechos de las personas, así que una persona sobre a que tienes información tiene el derecho de ver la información si lo pide por escrito y corregirla siesta equivocada, la información debe estar segura y no cederse a terceras personas o a empresas de manera inadecuada, hay un montón de cosas que podemos hacer para controlar el uso de la información que tienen sobre nosotros. Por ejemplo: podemos apuntarnos a la lista Robinson para evitar que nuestros datos no sean utilizados por empresas o marketing.

4. Describa las características de quienes cometen delitos informáticos y comente ¿por qué resulta tan difícil identificarlos y capturarlos?

Son personas astutas, inteligentes, sin escrúpulos que todo lo hacen por la plata y cuanto más mejor, ellos primero buscan y analizan los datos de sus victimas, y resulta difícil identificarlos y capturarlos porque antes de dar el golpe ensayan y practican lo que van hacer y después ponen su plan en marcha y la gente cae redondita en su psicología, se hacen pasar por recepcionistas de empresas o esposas y maridos de sus victimas, tienen una parla que hasta la gente le cree y hay es cuando cometen el error sus victimas y les dan los datos que ellos necesitan.

DOMINIO


¿Que es un dominio?
Las computadoras sólo entienden números. Al procesar información, convierten las palabras en números (hexadecimal, binario) para poder trabajar con ellos. Por eso, para localizar algún dispositivo o computadora en una red, hay que darles una Dirección IP, la cual es numérica.
Sin embargo, para nosotros los humanos es más fácil recordar trabajar con nombres descriptivos y que signifiquen algo para nosotros (como kvron.com o google.com) que con un montón de números separados por puntos, por eso existen los Nombres de Dominio.
Todos los computadores y servidores en Internet tienen una Dirección IP, y la mayoría de los servidores cuentan también con un Nombre de Dominio. Como sucede con las Direcciones IP, los Nombres de Dominio no pueden repetirse en Internet y quien se asegura de esto es ICANN, la máxima autoridad en la asignación de Nombres de Dominio.
Ya que cada Dominio está relacionado con una Dirección IP, debe haber una Base de Datos que los almacene para que cuando queramos visitargoogle.com la computadora sepa a que Dirección IP debe ir (no olvidar que las computadoras solo reconocen números); esta Base de Datos es conocida como DNS (Domain Name System) o Sistema de Nombres de Dominio.
El sistema de DNS "traduce" un Nombre de Dominio como yahoo.com a su Dirección IP para que la computadora pueda comunicarse con el servidor. Si el sistema de DNS falla, entonces tendríamos que saber de memoria las Direcciones IP de los servidores de hotmail.com, kvron.com, google.com, etc. para poder visitarlos, lo cual resulta muy dificil, por no decir imposible. Gracias al sistema de DNS sólo tenemos que recordar nombres o palabras y no números.
Mientras existe el Sistema de Nombres de Dominio (DNS), los servidores encargados de hacer la traducción del Nombre de Dominio a la Dirección IP, son conocidos como DNS (Domain Name Server). Si estamos hablando de un Servidor de DNS, estamos hablando de un Servidor del Sistema de Nombres de Dominio (puede confundirse el acrónimo DNS).
¿Cuál es la estructura de un dominio?
Los dominios se componen de dos o tres campos dependiendo si es global o de código del país. 
  • Primer campo: Nombre, sigla o abreviatura del nombre de la Organización o Empresa dueña del dominio. 
  • Segundo campo:  Carácter de la Organización o Empresa 
  • Tercer campo: abreviatura del país (CO para Colombia)

¿Cómo se compone el nombre de un Dominio?
Un Nombre de Dominio está constituido por al menos dos partes, orgnizadas de una manera jerárquica, cuyas partes están separadas por puntos, por ejemplo:
google.com
Leyéndose de derecha a izquierda, podemos obtener lo siguiente:
- Dominio Comercial (termina en .com)
- El nombre principal es google
Otro ejemplo:
presidencia.gob.mx
- Dominio Mexicano (termina en .mx)
-Dominio de una dependencia gubernamental (.gob)
- Nombre principal: presidencia
Nota: Observa que un Nombre de Dominio no incluye "http://" ni "www".
¿Quiénes pueden solicitar un nombre de Dominio?
Podrá solicitar el registro de un Nombre de Dominio bajo el ccTLD .bo cualquier persona natural (mayor de edad) o jurídica ya sea nacional o extranjera y aún menores de edad con el respaldo de uno de los padres.
¿Cómo solicitar un nombre de Dominio?
Un nombre de dominio es una cadena de texto que se utiliza para identificar un servidor en Internet. Los nombres de dominio son los más utilizados para los sitios web y pueden terminar en .com, .net, .edu y un número de otras extensiones. Muchos nombres de dominio cuestan alrededor de 10 dólares para inscribirse en un año y se pueden registrar hasta 10 años de antelación. Puedes registrar un nombre de dominio con diferentes servicios en la web, sólo asegúrate de que el nombre de dominio que elijas sea memorable y relevante para tu sitio web.
Instrucciones:
·         Navega hasta un registrador de nombres de dominio mediante tu navegador web. Algunos ejemplos son GoDaddy, Register.com y Network Solutions (ver Recursos).
·         Escribe tu nombre de dominio deseado en el cuadro de búsqueda de la URL situado en la página principal del registrador de dominios, luego haz clic en "Search" (Buscar) para ver si tu nombre de dominio está disponible.
·         Si tu nombre de dominio está disponible, coloca una marca al lado de él y haz clic en el botón "Add" (Agregar) para agregarlo a tu carrito de compras.
·         Haz clic en el botón "Continue to Registration" (Continuar a registro) o "Check Out" (Salir) para moverte a la página del carrito de compras. Aquí puedes ver los detalles de tu registro y elegir la cantidad de tiempo que te gustaría registrar tu dominio. Cuando estés satisfecho, completa tu información financiera y envía la orden. El nombre de dominio ahora debe ser registrado a tu nombre por la cantidad de tiempo especificado.
¿Cuáles son los contactos requeridos?
Toda la solicitud requiere tener los siguientes contactos:
Titular del Dominio
Persona Titular del Nombre de Dominio, quien tendrá derecho al uso, goce y disfrute del Dominio por el tiempo de cobertura pagado (tiempo de vigencia).
Contacto Administrativo
Persona, que realiza la administración de la información del Nombre de Dominio a través del sitio Web www.nic.bo. Este Contacto es el autorizado a realizar modificaciones de los Contactos y los servidores DNS.
Contacto Financiero
Persona, que realiza el pago de registro o renovación del Nombre de Dominio bajo el ccTLD .bo. Este Contacto brinda y mantiene al día la información sobre la facturación (Nombre /Razón Social, Número de Identificación Tributaria (NIT) y domicilio) del Nombre de Dominio. Asimismo, es la persona a la cual se notificará con el vencimiento del Nombre de Dominio u otros.
Contacto Técnico
Persona, que realiza la administración técnica del Nombre de Dominio, pudiendo efectuar modificaciones dentro del campo técnico.
Todos los contactos deben tener dirección electrónica y establecer una dirección electrónica general de la entidad solicitante para recibir los comunicados oficiales de ADSIB.
¿Cuáles son las condiciones técnicas?
Los registrantes deben contratar el servicio de hosting con un Proveedor de servicios de Internet (ISP) y así obtener el nombre de los servidores y las direcciones IP, requisito indispensable para el funcionamiento del Dominio.
·         Debe contener caracteres ASCII (letras, números y "-" guión), se utilizarán letras en minúsculas.
·         No podrá contener sólo números y no podrá comenzar ni terminar con el carácter guión.
·         El largo máximo será de 26 caracteres.
·         El nombre elegido no debe atentar contra la moral y las buenas costumbres.
¿Cuál es el tipo de contrato?
Los tipos de contratos de un dominio son:
·         Contratos traslativos.
·         Contrato de transferencia de Nombre de Dominio
Suspensión del servicio
·         En el caso de no formalizar el pago de renovación de sus servicios en fechas previas a la fecha de vencimiento éste quedará suspendido.
·         Los servicios de Hosting en Web empresa pasarán a estar cancelados tras superar 6 días del vencimiento
·         Las devoluciones bancarias de recibos implicará la suspensión del servicio y la modificación de la forma de pago en: Transferencia bancaria. El servicio se reactivará al formalizar el pago pendiente. Podrá revisar la factura pendiente de pago desde su área de cliente accediendo al apartado Mis Facturas. Al visualizar la factura también podrá cambiar la forma de pago Transferencia bancaria por pago online como Tarjeta de crédito o Paypal.
·         Con el fin de salvaguardar la integridad de la red, prestar los Servicios contratados, y cumplir con los compromisos de calidad requeridos, Web empresa podrá suspender la prestación del Servicio y desconectar su red cualesquiera de los equipos utilizados por el Cliente cuando éste realice actuaciones susceptibles de causar daños o perjuicios en las personas, equipos, sistemas, soportes y/o redes de terceros y/o de Web empresa, como por ejemplo un consumo de recursos de servidor a un volumen que comprometa la propia estabilidad de dicho servidor. El cliente será informado de la suspensión y, si es posible, el motivo o la fuente causante del problema en su cuenta.
·         Asimismo será motivo de suspensión la publicación de contenidos pornográficos, anuncios de contactos sexuales, webs de apuestas o juegos on-line, aquellas que atenten contra el honor de personas u organizaciones y, con carácter general, aquellas webs que incumplan la legalidad vigente.
·         Dispone de información ampliada sobre éstas y otras condiciones en http://www.webempresa.com/condiciones_servicios_contratados_webempresa.html
·         Con independencia de la renovación del Hosting su servicio puede quedar completamente desactivado si no renueva el dominio al que está asociado antes del vencimiento.
·         Podrá visualizar su web en la URL temporal asociada a su Hosting pero no tendría servicios de correo, web, etc a través de su dominio.
·         Los dominios, al depender de las entidades registradoras quedan suspendidos el mismo día del vencimiento. Su web y correo electrónico por tanto se quedaría sin servicio si no renueva antes de la fecha de expiración. En este caso los dominios cuentan con periodos de gracia que afectan a la pérdida del dominio. Es decir, el dominio se queda sin servicio pero tienen un periodo de gracia antes de que lo pierda y cualquier otro usuario pueda registrarlo:
·         Los dominios .es, .com.es, .nom.es, .org.es tienen un período de gracia de 10 días. Pasados 10 días esnic lo liberará para que cualquier otro interesado pueda registrarlo
·         Los dominios .com, .net, .org, .cat, .tel tienen un período de gracia de 30 días
·         Si su dominio ha vencido pero está en periodo de gracia podrá pagar su factura de renovación y se reactivará automáticamente

¿Cuánto cuesta la obtención de un Dominio?
El costo del registro de dominio es bastante económico y, normalmente se hace por un año, renovable. Los costos van a depender de la empresa que haga el trámite y pueden ir desde 5 hasta 35 € como máximo. Algunas empresas que ofrecen alojamiento pueden ofrecer un dominio gratis si s e contrata el alojamiento con ellos por un año por lo menos.
¿Cómo eliminar un Dominio? 
Si eliminas un dominio de tu cuenta de Google Apps, ya no aceptará correo electrónico dirigido a ningún usuario de ese dominio. De hecho, debes eliminar todas las cuentas de usuario de Google Apps, los alias de correo electrónico (seudónimos) y los grupos de un dominio para poder eliminarlo. Puedes utilizar el cuadro Buscar cuentas en la parte superior del panel de control para confirmar que el dominio no incluye ningún usuario, alias o grupo. No es necesario eliminar las cuentas de usuario de un alias de dominio para suprimirlo.
Antes de eliminar el dominio de la cuenta, te recomendamos que actualices sus registros MX para que no señalen a los servidores de correo de Google Apps. Si no lo haces, todos los mensajes dirigidos a los usuarios del dominio se devolverán al remitente. No es posible crear cuentas de usuario o alias de correo electrónico en el dominio una vez que lo hayas eliminado de la cuenta de Google Apps.
Para eliminar un dominio de la cuenta de Google Apps, sigue estas instrucciones:
1.    Inicia sesión en el panel de control del administrador de Google Apps.
La URL es https://www.google.com/a/cpanel/nombre-dominio-principal, donde nombre-dominio-principal es el nombre de dominio con el que te has registrado en Google Apps.
2.    En el menú que aparece al principio de la página, selecciona Personalización del dominio.
3.    Ve a la pestaña Nombres de dominio
4.    Haz clic en Eliminar en la fila del dominio.
5.    Haz clic en Sí, suprimir dominio para confirmar que quieres eliminar el dominio de la cuenta de Google Apps.
Si todavía hay usuarios con direcciones de correo electrónico en este dominio, aparece un mensaje de error y el dominio no se elimina.
¿Cómo cambiar el nombre de un Dominio?
No. Una vez que se produce el registro de un nombre de dominio, éste no se puede cambiar. Se puede dar de baja pero sin obtener el cambio por otro ni rembolso de ninguna cantidad pagada por el registro.
Deberá registrarse el nuevo dominio y será totalmente independiente a cualquier otro.

¿Quién maneja los registros de Dominio?
Te has preguntado alguna vez ¿quién controla todos los dominios del mundo?, pues la ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) que es una organización que opera a nivel internacional, responsable de asignar las direcciones del protocolo IP, de los identificadores de protocolo, de las funciones de gestión del sistema de dominio y de la administración del sistema de servidores raiz.
¿Quiénes son los administradores a nivel internacional?
ICANN es una entidad sin ánimo de lucro, coordina todos los dominios del mundo, no los gestiona directamente, sino que sólo supervisa como otras entidades, como Esnic con los dominios .es por ejemplo, administran los diferentes tipos de dominios. Por eso es muy importante que antes de registrar un dominio, averigues si tu dominio va a ser registrado en una entidad acreditada por la ICANN.
El control sobre los dominios se encuentra bastante repartido. La ICANN es la que decide sobre la creación de nuevos tipos de dominios, como cuando decidió que no habrán dominios .xxx, o decidirá si se crean los dominios .name o no.