lunes, 26 de noviembre de 2012

LA EVOLUCION DE LA SOCIEDAD INFORMATICA Y DERECHO


El hombre, hoy en día, se encuentre sumido en una de las más profundas e importantes revoluciones, la llamada Resolución Tecnológica, así como los cambios que dicha revolución trae, haciendo surgir, entre otros, el concepto de lo que hoy en día se conoce como Sociedad de la Información, esta revolución tecnológica está configurando nuevamente la sociedad de manera particular y totalmente diferenciada de lo conocido hasta hoy; muchos estudiosos de este fenómeno no dudan en afirmar que no sólo no estamos próximos al fin de ciencia y la tecnología sino que parece que nos encontramos en la cúspide de uno de los períodos históricos más trascendentales en lo que a avances tecnológicos se refiere.
·         Para comprender mejor la Sociedad de la Información en la que vivimos hoy, la misma que se está configurando velozmente, gracias a las irrupción de las nuevas tecnologías, diremos con Campuzano Tomé que podemos definir la sociedad de la información como un nuevo modelo de organización industrial, cultural y social, caracterizado por el acercamiento de las personas a la información a través de las nuevas TIC (Tecnología de la información y la comunicación).
·         Alejandra Castro Bonilla nos dice que la Sociedad de la Información es una entidad autónoma reconocida en el ámbito internacional como "una organización virtual generada por las innovaciones de la Informática y la comunicación en la convergencia de ambas tecnologías. Sostiene que se trata de un nuevo orden social derivado de la revolución tecnológica de finales del siglo XX y principios del siglo XXI".
·         Por su parte, Lucas Marín, en su obra La nueva sociedad de la información. Una perspectiva desde Silicón Valley, citado por Castro Bonilla, caracteriza a la Sociedad de la Información como una sociedad donde:
·         Se modifica la distribución de la fuerza de trabajo, con un crecimiento de profesionales dedicados al uso de la información y una disminución de trabajadores en la agricultura.
·         Disminuye la jornada laboral por la flexibilidad de horario y ubicación que ofrecen las nuevas TIC.
·         Se abandona la producción tradicional de bienes y servicios para manipular símbolos que crean y procesan información.
·         El Poder se liga a la información y al conocimiento ( no a la tierra ni a la industria), para generar innovación y producción eficiente.
·         Adquieren importancia las innovaciones tecnológicas en todos los ámbitos.
El Derecho Informático tiene una estrecha relación con el Derecho Constitucional, por cuanto la forma y maneja miento de la estructura y órganos fundamentales del Estado, es materia constitucional. De allí, que actualmente se debe resaltar que dicho maneja miento y forma de controlar la estructura y organización de los órganos del Estado, se lleva a cabo por medio de la Informática, colocando al Derecho Informático en el tapete, porque con el debido uso que se le den a estos instrumentos informáticos, se llevará una idónea, eficaz y eficiente organización y control de estos entes. De lo que se puede desprender una serie de relaciones conexas con otras materias como sería el caso del Derecho Tributario y el Derecho Procesal.
En los últimos años la informática ha avanzado de manera rápida, en mi opinión la ciencia cada vez mejora. Los computadores de antes eran grandes y mas difíciles de manejar, ahora todo es mas fácil, son sencillos sus pantallas son planas, no ocupan mucho espacio y todo es mas manejable con ellos, a la hora de buscar un programa, de buscar algo y hasta de aprender a utilizarlo.
A la sociedad le ha sido muy útil este invento ya que gracias a la informática hay más oportunidad de trabajo, de investigación y de aprendizaje, tanto para niños como para adultos.
El Derecho sigue demostrando poseer una increíble capacidad de adaptación y de posibilidades de afrontar los nuevos retos que se le plantean. Aunque en algunas ocasiones se quede rezagado, podríamos decir que se trata de un anciano cargado de vitalidad. Como tal, por supuesto que no podía dejar pasar la ocasión de disfrutar del apasionante mundo que le ofrecen las nuevas TIC.
Por los cambios que están ocurriendo en la Sociedad de la Información debido a la aplicación de las nuevas tecnologías o TIC, es necesario contar con un conjunto de normas jurídicas especializadas en este campo, con el fin de prevenir o resolver conflictos.
A este conjunto de normas jurídicas especializadas se ha denominado Legislación Informática, la misma que puede ser definida, con mayor precisión, como un conjunto de reglas jurídicas de carácter preventivo y correctivo derivadas del uso (fundamentalmente inadecuado) de la Informática.
Según Téllez, por la problemática que hoy se presenta en este campo, los aspectos que deben ser considerados por el legislador, a la hora de elaborar la norma jurídica, son los siguientes:
·         Regulación de los bienes informacionales: Porque la información, como producto informático, requiere de un tratamiento jurídico en función de su innegable carácter económico Protección de datos personales: Por el atentado a los Derechos Fundamentales de las personas provocado por el manejo inapropiado de las informaciones nominativas
·         Regulación jurídica de Internet: Para favorecer o restringir la circulación de datos a través de las fronteras nacionales
·         Propiedad Intelectual e Informática: Debe abarcar los temas de protección de los programas de cómputo y regulación de nombres de dominio
·         Delitos Informáticos: Para sancionar la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tengan a las computadoras como instrumentos para realizarlos
·         Contratos Informáticos: Debido a esta categoría contractual sui generis con evidentes repercusiones económicas
·         Comercio Electrónico: Pues es una nueva forma de comercialización automatizada de bienes y servicios de todo tipo
·         Los aspectos laborales de la informática: Como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades. (Ej: teletrabajo)
·         Sobre el valor probatorio de los soportes modernos de información debido a la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales.
Por otra parte, Téllez propone que, para la elaboración de este conjunto de normas jurídicas especializadas, el legislador debe considerar las siguientes situaciones:
·         Se debe determinar si las reglas existentes pueden ser aplicadas al problema por analogía o si es necesaria ampliar su cobertura.
·         Se debe esperar la evolución de la jurisprudencia, dada la creciente presentación de casos ante los órganos jurisdiccionales, en los que sí fijen pautas resolutorias o conciliatorias.
·         Se debe crear un cuerpo de nuevas reglas integrándolas a ordenamientos ya existentes o, en su caso, dando lugar a una nueva ley de carácter específico.
Sobre este mismo tema, Castro Bonilla nos dice que es necesario que los juristas entiendan el origen, funcionamiento y dinámica de la Sociedad de la Información y de Internet, con el fin de que adapten las leyes objetivamente al desarrollo tecnológico que enfrentamos, sin que se menoscabe ese progreso a través de decisiones jurídicas que resultan inaplicables al ámbito digital o bien que suponen un obstáculo para la dinámica propia de la sociedad virtual.
En lo que concierne a este trabajo de investigación, nos interesa, fundamentalmente, la problemática de la protección de los datos personales ante el mal uso de la Informática. La mención de los argumentos más importantes que sirven de sustento para fundamentar la necesidad de proteger los datos personales ante la posibilidad real de usar los recursos informáticos contra uno de los derechos fundamentales del ser humano: El Derecho a la Privacidad y a la Intimidad.
La protección más precisa de estos Derechos Fundamentales se constituye, hoy, en uno de los retos más importantes para el Derecho. El Derecho Informático va adquiriendo mayor importancia y trascendencia en los tiempos modernos, en vista que permite obtener las soluciones legales adecuadas a los problemas generados por el uso de la informática en sociedad. Va incorporando a los sistemas jurídicos nacionales una serie de instituciones técnicas que permiten asegurar las operaciones en línea. Además, la criptografía se ha convertido en una herramienta fundamental para asegurar las operaciones y las manifestaciones de voluntad realizadas por medios electrónicos, así como para la previsión de posibles ataques realizados mediante el uso de técnicas cripto analíticas por terceras personas ajenas a la relación entre las partes.
·        http://www.delitosinformaticos.com/proteccióndatos/aspectos1.shtml (mayo 2009)
·        GIRALDO, Jaime. Informática Jurídica Documental. Temis. Colombia. 1.990. Pág. 192.
·         MAZEAUD, Jean. Lecciones de Derecho Civil. Parte Primera. Volumen I. Ediciones Jurídicas Europa-América. Buenos Aires. 1.959.
http://www.slideshare.net/anibalpardini/introduccion-a-la-sociedad-de-la-informacion-y-el-conocimiento-1

1 comentario:

  1. Quieres saber como puedes conseguir plantillas WordPress premium de forma gratuita y legal, sin malware ni enlaces sospechosos a otras webs.

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